Desde entonces, la corrupción política ha incrementado sensiblemente su peso entre las preocupaciones de la ciudadanía, y se ha incrementado la desconfianza de la ciudadanía hacia los partidos
Asimismo, IU ha incrementado sensiblemente su representación y sus expectativas electorales y esto hace temer que van a ser más frecuentes las maniobras de desprestigio y desestabilización hacia una formación tan incómoda para el stablishment como la nuestra.
Lamentablemente, las dobles y triples varas de medir utilizadas por muchos partidos y medios de comunicación a la hora de valorar los casos de corrupción ha ido en detrimento del enraizamiento de una cultura sobre la ética política. La ciudadanía ha asistido a un barullo permanente de posicionamientos cruzados y contradictorios frente a los que muchos reaccionan con hastío y abonándose a la conocida tesis del “todos son iguales”. Esta situación, naturalmente, va en beneficio de los corruptos y en perjuicio de las personas honradas que pueden ser víctimas, con mayor facilidad, de campañas de desprestigio sin fundamento.
IU, pues, tiene la obligación de marcar un claro contrapunto respecto a estas actitudes. Ha de utilizar una sola vara de medir para lo propio y para lo ajeno y ha de expresar con claridad y sencillez la manera como se deben abordar estas cuestiones.
Desde este punto de vista, la adecuación del Código del 2006 se hace aconsejable por los siguientes motivos
De acuerdo con todo ello, se acuerda encargar a los órganos ejecutivos la actualización y mejora del Código ético aprobado en 2006 aportando como material de trabajo la propuesta de código ético que figura como Anexo
ANEXO
PROPUESTA DE CODIGO DE COMPROMISOS POLITICOS Y ETICOS DE
LOS CARGOS PUBLICOS Y DE DIRECCION DE IZQUIERDA UNIDA
INTRODUCCION
La Política, la democracia y el poder ciudadano son
elementos imprescindibles para conseguir
que los intereses de la ciudadanía no
estén subordinados al poder económico.
Por éso, el neoliberalismo, ve
con prevención la injerencia de la política en los asuntos económicos y ve la
política como un mal necesario pero al que es conveniente desprestigiar y
vaciar de contenido
La izquierda alternativa debe
reivindicar la Política pero siendo conscientes que no toda política vale. La
ciudadanía se siente muy alejada, y con razón, de los políticos que asumen de
palabra unos valores pero que adoptan
medidas que va en sentido contrario; que se subordinan y que se dejan corromper
por el poder del dinero y que, en definitiva, utilizan los cargos
públicos para servir sus intereses individuales. Y también se sienten distantes
de los partidos cuando éstos subordinan sus ideas a sus intereses corporativos,
que dicen una cosa hoy y la contraria mañana sin el más mínimo sonrojo, que
protegen a los suyos con razón o sin ella y que utilizan su poder y su
influencia para financiarse ilegalmente e intentar perpetuarse en el poder.
Quienes queremos cambiar
radicalmente esta situación, quienes queremos una sociedad igualitaria, en la que
la producción de riqueza sea ecológicamente sostenible y esté al servicio de
los ciudadanos, necesitamos también un cambio en la política, en el marco
institucional y en las reglas del juego. Necesitamos leyes que abran de par en
par las instancias de decisión a la participación ciudadana, necesitamos
transparencia total en la financiación a los partidos, nuevas normas
urbanísticas, castigos más severos a los corruptos, más medios para el poder
judicial y un largo etcétera.
Estas y otras muchas medidas las
viene reclamando IU de manera reiterada en la mayoría de los casos con escaso
éxito
Pero, además de luchar por estos
cambios normativos, también tenemos la obligación de ser un espejo en el que la
ciudadanía pueda mirarse, un ejemplo en cuanto al comportamiento ético y un
ejemplo de rigor y seriedad a la hora de enfrentarnos con abusos que se produzcan
en nuestras propias filas y en las ajenas.
Ayudar a que esto sea posible es
el objetivo de este “Código de
compromisos políticos y éticos de los cargos públicos y de dirección de
Izquierda Unida”
PRINCIPIOS GENERALES
Existe una visión reaccionaria y
pobre de la ética política que tiende a identificarla con la eliminación
de la corrupción política y que, además,
identifica la corrupción política con actuaciones que vulneren el código penal.
Semejante perspectiva sirve de
coartada para todos aquéllos que protegen conductas escandalosas mientras no
intervenga la justicia y que, aún en este caso, confían que alguna argucia
legal o las limitaciones de la justicia para intervenir ante determinadas
realidades les permita eludir sus
verdaderas responsabilidades.
Izquierda Unida no comparte esta
visión reduccionista de la ética política y considera que, siendo el papel de
la justicia extraordinariamente importante, no puede delegarse en ella la tarea
de nuestra regeneración democrática. El juicio ético y la exigencia democrática
son un compromiso político que IU debe asumir colectivamente, tal y como
deberían hacer el resto de organizaciones políticas y sociales, y que va mucho
más allá de las exigencias del Código
Penal
La actividad de los
representantes públicos de una formación política debe estar plenamente abocada
al servicio del interés general y, además, debe regirse por los principios y
valores esenciales que son propios de la organización política a la que
representa.
Desde este punto de vista y en
un sentido amplio, se produce una lesión a la conducta ética exigible a los
representantes políticos cuando se produce alguno de los siguientes supuestos:
a) una actuación política que lesione los intereses generales para favorecer
intereses privados ilegítimos.
b) una actuación pública o privada que contradiga los valores fundamentales
de Izquierda Unida
Estos criterios nos sitúan ante supuestos
muy diversos y de muy diversa gravedad y que incluyen desde comportamientos
éticamente incorrectos hasta hechos de extrema gravedad, normalmente
tipificados como delitos y que son aquéllos con los que más comúnnmente se
identifica la corrupción política.
Esta visión amplia de la ética
política impide que la resolución de los conflictos generados sea delegable en
la justicia y, por tanto, exige un juicio ético y una valoración política por
parte de los órganos competentes de la organización.
Por último, cabe señalar que el
presente Código no sustituye sino que simplemente desarrolla los Estatutos de IU y, especialmente, la
regulación de la actividad de sus cargos
públicos, grupos institucionales, miembros de la dirección y personal al
servicio de los grupos institucionales.
COMPROMISOS
1.- Se creará en el ámbito
federal un Registro de los cargos públicos de IU, un listado, público dentro de
la organización y con acceso garantizado a todos/as los/as militantes, de todos
los cargos públicos, asesores, cargos de confianza, miembros de Consejos
consultivos o de administración de empresas públicas y mixtas, patronatos,
consorcios o cualquier otro que desempeñe un cometido institucional, referido a
todos los niveles de la administración: europea, estatal, autonómica y local,
así como en su caso referido a quienes desempeñen las anteriores
responsabilidades en organismos multilaterales internacionales o en otras
estructuras de ámbito superior al europeo.
2.- Se firmará de forma previa a
su elección como cargos públicos un compromiso ético y político contra el
transfuguismo, comprometiéndose a luchar contra este fenómeno antidemocrático
de forma activa y a evitar que éste se produzca tanto por acción como por
omisión.
3.- La Comisión de Control y
Finanzas establecerá un mecanismo de acopio y conocimiento de las declaraciones
de intereses y de patrimonio de todos aquellos cargos públicos de IU referidos
en el punto 1. Estos deberán notificar a dicha comisión las variaciones que
experimente su patrimonio durante el ejercicio del cargo y hacer un balance al
final del mandato de su patrimonio. Esta obligación se establece igualmente
para los órganos de gestión y ejecutivos federales (Permanente y Presidencia)
así como de las Federaciones de IU, y también a los miembros de las Comisiones
de Control de Finanzas y Garantías Federales y de las Federaciones y
Organizaciones de IU.
4.- Los cargos electos y
miembros de órganos de gobierno en las diferentes instituciones harán públicas
sus declaraciones de patrimonio, intereses y renta
5.- Los cargos públicos de IU
rendirán cuantas de sus tareas de forma regular en los órganos correspondientes
6.- Los cargos públicos y de
dirección de Izquierda Unida se comprometen a desarrollar un papel activo
contra la especulación urbanística, el tráfico de influencias, las
malversaciones de recursos públicos, el enriquecimiento injusto o inapropiado
con recursos públicos o privados , la degradación del territorio y del medio
ambiente y cualquier forma de corrupción, denunciando cualquier indicio ante
las autoridades, impulsando comisiones de investigación en los ámbitos de sus
competencias, y ejerciendo un papel vigente que fomente una total transparencia
en lo que respecta a la gestión de lo público y a la no interferencia de
intereses privados en los asuntos públicos.
7.- El cargo público de IU se
compromete a utilizar e impulsar mecanismos de participación democrática, de
consultas populares y de contacto con los movimientos sociales para ejercer con
ellos un papel crítico sobre la actuación política en general y en el control
democrático de las instituciones en particular
8.- Las personas afectadas por el presente código
deberán dimitir de su cargo en los siguientes supuestos:
a) Cuando hayan cometido de
forma acreditada, tanto en el ejercicio de su actividad política como en el
ámbito privado, actos graves y reprobables que choquen con los valores y
principios de IU, tanto si son penalmente punibles como si no. En especial, se
actuará contra aquéllos que tengan que ver con la corrupción política, la
utilización de recursos públicos en beneficio de intereses privados ilegítimos,
tráfico de influencias, racismo, xenofobia, homofobia o violencia de género
b) En el supuesto de hechos
contemplados en el apartado anterior que la organización no considere
suficientemente acreditados pero que hayan sido objeto de una denuncia judicial
y deriven en la imputación de la persona afectada, ésta, con carácter cautelar
y sin perjuicio de la presunción de inocencia, también presentará la dimisión. Sin
embargo, en el caso de imputaciones que se produzcan antes de que el juez haya
hecho acopio de las pruebas documentales y testificales propias del caso, el
órgano competente de IU suspenderá la exigencia de dimisión hasta que una
resolución judicial posterior ratifique
los términos de la imputación inicial
Las decisiones adoptadas por los
órganos de dirección correspondientes al ámbito institucional de que se trate
serán recurribles por la persona afectada en los mismos términos previstos por
los Estatutos para aquéllas decisiones que afecten a la salvaguarda de los
derechos de los afiliados. Todo ello sin perjuicio de la constitución de
Comités de Etica que informen los asuntos con carácter previo a la toma de
decisiones
9.- Se renunciará a la inmunidad
parlamentaria y al aforamiento salvo en el caso de opiniones expresadas en
órganos de representación política
10.- No podrán aceptarse obsequios
ni invitaciones más allá de los que puedan considerarse meros actos de
cortesía.
11.- No se conformarán gobiernos
con tránsfugas ni se apoyará la formación de nuevos grupos formados por
personas declaradas tránsfugas. Asimismo no se formarán gobiernos con personas
con personas incursas en los supuestos contemplados en el punto 8 del presente
Código
12.- Se aplicarán estrictamente los Estatutos de
IU por lo que se refiere a la limitación de los mandatos de los cargos públicos
y la incompatibilidad establecida sobre la ostentación de diversos cargos
públicos simultáneos